Licencias y Permisos Especiales para Empleados de Comercio según el CCT 130/75

El Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75, que regula a los empleados de comercio en Argentina, incluye una serie de licencias y permisos especiales que garantizan derechos adicionales a los establecidos por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). A continuación, se detallan las licencias contempladas:

Licencias por Casamiento

  • Del empleado:
    • Duración: 12 días corridos (2 más que lo estipulado por la LCT).
    • Remuneración: Sí, con goce total.
    • Consideraciones: Puede adicionarse al período de vacaciones.
  • De hijos:
    • Duración: 1 día.
    • Remuneración: Sí.
  • Para trámites prematrimoniales:
    • Duración: 1 día.
    • Remuneración: Sí.

Licencias por Enfermedad o Fallecimiento de Familiares

  • Enfermedad de cónyuge, padres o hijos:
    • Duración: Hasta 30 días por año.
    • Remuneración: No.
    • Justificación: Certificado médico según el Art. 227 de la LCT.
  • Fallecimiento:
    • Padres, hijos, cónyuge o hermanos/as:
      • Duración: 4 días corridos.
      • Remuneración: Sí.
    • Abuelos, padres o hermanos políticos, hijos del cónyuge:
      • Duración: 2 días corridos.
      • Remuneración: Sí.
    • A más de 500 km:
      • Duración adicional: 2 días más.
      • Justificación: Comprobante del viaje.

Licencias por Nacimiento

  • Duración: 2 días hábiles.
  • Remuneración: Sí.

Licencia por Donación de Sangre

  • Duración: 1 día completo.
  • Remuneración: Sí.
  • Justificación: Certificado que acredite la donación.

Licencia por Mudanza

  • Duración: 2 días corridos.
  • Remuneración: Sí.
  • Justificación: Comprobante de mudanza.

Licencias por Estudios

  • Estudiantes secundarios:
    • Duración: Máximo 10 días por año.
    • Remuneración: Sí.
    • Justificación: Certificación de exámenes.
    • Consideraciones: Pueden acumularse al período de vacaciones.
  • Estudiantes universitarios:
    • Duración: Máximo 20 días por año (4 días por examen).
    • Remuneración: Sí.
    • Condiciones especiales:
      • Si se rinden más de 5 exámenes anuales sin repetir, se otorgan 4 días adicionales.
      • Justificación mediante certificación oficial.

Licencia Mensual para Compras

  • Duración: 1 hora mensual.
  • Remuneración: Sí.
  • Condiciones:
    • Otorgada cuando la uniformidad de horarios impida realizar compras.
    • La empresa puede fijar el horario según sus necesidades operativas.

Licencia por Carga Pública o Citaciones Oficiales

  • Duración: El tiempo necesario para cumplir el trámite.
  • Remuneración: Sí.
  • Justificación: Certificación del organismo público.

Resumen General

Motivo de la LicenciaNorma LegalDuraciónRemuneración
Nacimiento de hijoArt. 158 – LCT2 días corridos (al menos 1 hábil)
Licencia por maternidadArt. 177 – LCT90 díasAsignación
Estado de excedenciaArt. 183 – LCT3 a 6 mesesNo
MatrimonioArt. 77 – CCT12 días corridos
Matrimonio de hijosArt. 77 – CCT1 día
Trámites prematrimonialesArt. 77 – CCT1 día
Enfermedades de cónyuge, padres o hijosArt. 78 – CCTHasta 30 días por añoNo
Fallecimiento (padres, hijos, cónyuge)Art. 79 – CCT4 días
Fallecimiento a más de 500 kmArt. 79 – CCT2 días adicionales
Fallecimiento (abuelos o hermanos políticos)Art. 80 – CCT2 días
Exámenes secundariosArt. 85 – CCTMáximo 10 días por año
Exámenes universitariosArt. 86 – CCT4 días/examen (máximo 20 días/año)
Donación de sangreArt. 82 – CCT1 día
MudanzaArt. 83 – CCT2 días corridos
Citaciones judicialesLey 23.691Tiempo necesario
ComprasArt. 90 – CCT1 hora mensual

El CCT 130/75 garantiza licencias específicas con condiciones que mejoran las contempladas por la legislación general, demostrando un enfoque hacia el bienestar del empleado y sus circunstancias personales.

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